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Colocación
Si la CPS está involucrado, Ud. tiene el derecho de tener un abogado. Si no, puede tratar de obtener ayuda del condado por parte de unos voluntarios llamados Family Law Facilitator o de parte de otra oficina de asistencia legal. Si necesita ayuda, busque en el Guía de Recursos. Si Ninguna Corte Está Involucrada Si la CPS no está involucrada, entonces Ud. puede arreglar con la madre o el padre o un familiar o una amistad que se haga cargo de cuidar a su niño sin que se involucre la corte. Declaración Jurada de Autorización del Proveedor de Cuidado del Niño (Caregiver's Authorization Affidavit) La Declaración Jurada de Autorización del Proveedor de Cuidado del Niño (Caregiver's Authorization Affidavit) es una forma de dos paginas firmada por un familiar calificado (qualified relative) para asegurar que las necesidades medicas y educaciónal de su niño(a) puedan ser atendidas. Permite que su familiar pueda matricular a su niño(a) en la escuela, y conceder a su cuidado médico. Es efectivo por un año y se puede renovar, según código "Family Code § 6550 y 6552." Limitaciones de Esta Autorización:
Facultad de Abogado (Power of Attorney) Esta forma permite al proveedor tomar deciciones sobre su niño hasta que le den de alta. Un Facultad de Abogado (Power of Attorney) autoriza tanto a familiares y amistadas para que tomen el papel de proveedor o apoderado de su niño(a). Un familiar inmediato (immediate family) puede que sea eligible para CalWORKS; familiares mas lejanos (distant relatives) y amistades no son eligibles. Limitaciones:
Involucramiento de la Corte Apoderado Legal Designado El poder legal designado (legal guardianship) le traspasa los derechos legales sobre su niño a otra persona por un tiempo indeterminado. Se realiza por una orden de la corte de custodia legal (legal custody). Ordenes de apoderado legal designado pueden ser voluntarias (utilizando la Corte llamada"Probate Court") o involuntarias por media la CPS. Un apoderado legal puede ser un familiar, una pareja, un(a) amigo(a) o padre/madre adoptivo(a) temporal (foster parent). En cuanto la corte asigne el apoderado legal, esa persona tiene la responsabilidad legal en cuanto el mantenimiento de su niño, inclusive de tomar decisiónes sobre la educación, la salud y el cuidado médico. Un apoderado legal designado puede solicitar Kin-Gap, CalWORKS, u otros beneficios públicos para su niño. La Limitaciones del Apoderado Legal Designado Voluntario (Probate Court) Apoderados legales pueden ser otorgados y recindidos por la corte, sin que Ud. tenga el derecho a un abogado para defender sus derechos de padre o madre. El estable-cimiento de un apoderado legal designado resulta en suspención de los derechos del padre/la madre, pero no los termina (terminate) permanentemente. Puede que las circumstancias cambien mucho mientras Ud. no pueda cuidar a su niño(a). En cuanto le den de alta de la carcel o la prisión, Ud. tendrá que comprobarse capaz de asumir el papel de padre o madre, y comprobar que sería mejor para su niño(a) volver a su cuidado bajo su custodia. Si el apoderado legal fue designado por la CPS (y no de su parte voluntariamente por la corte llamada"Probate Court"), entonces Ud. tiene el derecho que le asignen un abogado para comprobar que Ud. tiene vivienda, un trabajo y que Ud. está "rehabilitado." (Vea la sección Reunificación en este manual.) Cuidado Adoptivo (Foster Care) En algunas situaciones, puede que sea mejor utilizar las cortes para obtener ayuda financiera y servicios de la CPS. Familiares quienes cuidan a un niño que es un dependiente de la corte (dependent of the court) pueden obtener ayuda financiera y servicios de la CPS. Padres/madres tienen el derecho de tener un(a) consejero(a) legal en la Corte de Dependencia (Dependency Court). La sección "Cuidado Adoptivo y Dependencia" de este manual explica en detalle sus derechos. Si Ud. o su niño(a) son de herencia indígena, tiene que decírselo a su trabajádor(a) social inmediatamente. Los procedi-mientos para manejar los casos de poder legal de niños indigenos funcionan bajo la jurisdicción del Acta para el Bienestar del Niño Indigena (Indian Child Wefare Act, "ICWA"). El ICWA se utiliza para la colocación provisional del niño y le aplica a colocación del niño en un grupo adoptivo o en hogar de un apoderado. También el Acta es aplicado en procedimientos en las cortes que están considerando entregar su niño para adopción, o en cancelar sus derchos como padre/madre permanentemente. El ICWA no se aplica para resolver disputas entre parientes en un divorcio, según el código 25 U.S.C. § 1901 et seq. |
Legal Services for Prisoners with Children
1540 Market St., Suite 490 San Francisco, CA 94102 (415) 255-7036 info@prisonerswithchildren.org |