Legal Services for Prisoners with Children (LSPC)

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Paternidad
¿Cómo puedo mostrar que soy el padre?

Si Ud. y la madre están, o fueron, casados legalmente, entonces es "presumido" que Ud. es el padre del niño si el niño nació durante el matrimonio o dentro de 300 días después que terminó el matrimonio por causa de muerte, divorcio, o un juicio de separación legal, según código Family Code § 7611.

Si Ud. no fué casado con la madre del niño, Ud. puede archivar con la corte una Declaración de Paternidad (Declaration of Paternity) Voluntaria (Voluntary) para establecer que eres el padre del niño. Antes que ella le den de alta del hospital, a la madre le ofrecen una declaración volun-taria. Ambos, ella y Ud., firman la forma y un empleado del hospital firma como testigo que Uds. firmaron. El hospital entonces envía la Declaración firmada al Child Support Services dentro de 20 días despues de la fecha en cuanto se firmó, según Family Code § 7571.

La alternativa a firmar la declaración mientras la madre está todavia en el hospital es ambos padres firmar la declaración delante de un notario, en cualquier mo-mento despues del nacimienito del niño. (La madre y el padre tienen que firmar en el mismo momento en la presencia del notario.) Despues que se ha firmado la forma y ha sido certificada, se manda al Child Support Services, según Family Code § 7571.

Según la ley, la Declaración de Paternidad establece la paternidad y tiene la misma fuerza e impacto que un juicio de paternida establecida por la corte. La declaración voluntaria es reconocida como la base para custodia, visitación y mantenimiento del niño, según Family Code § 7573.

Tanto la madre como el padre puede rescindir la Declaración en cuanto archiva con la corte una forma de rescición (rescission) de aqui 60 días desde la fecha de la declaración, al menos que una orden de la corte por custodia, visitación y / o mantenimiento del niño ya ha sido otorgada de parte de uno de los que solicitan la rescición. (Esto significa que ni a Ud. ni a la madre les permitirán que rescindan la Declaración si la corte ha utilizado la Declaración para darle custodia, visitación o mantenimiento del niño a cualquier de Uds.) Family Code § 7575.

Si la Declaración es firmada por menores de edad, entonces no establece la paternidad hasta 60 días despues que los dos padres quienes son menores de edad cumplan 18 años o son emancipados, cual llegue primero. La Declaración puede ser rescindida por la madre o por el padre hasta los 60 días despues que los menores cumplan 18 o sean emancipados. Family Code § 7577.

¿Qué puedo hacer si no estamos casados ni podemos usar la Declaración de Paternidad?

Si Ud. y la madre de su niña no están casados y no están de acuerdo o no pueden utilizar la Declaración de Paternidad, entonces Ud. tendrá que presentar una demanda en la corte para establecer que Ud. es el padre. Ud. puede solicitar custodia, visitación y/o mantenimiento del niño como parte de la demanda. Ud. tendrá que presentar una forma "Complaint to Establish Parental Relationship" (Demanda para Establecer una Rela-ción de Padre) mas varias otras formas (dependiendo de si está solicitando la visitación o la custodia o solamente estableciendo la paternidad). Debe pagar el costo (puede ser diferido) para presentarlo en la corte, pedir una fecha para la audiencia, arreglar que le sirvan los documentos a la madre, y tiene que arreglarlo para llegar a la corte.

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